A la hora de hacer una compra de un bien para nuestra empresa o para nuestra actividad profesional, es habitual que surjan dudas sobre la mejor opción de financiación entre un renting o un leasing. Estas son las principales características de cada uno:

RENTING

– Operación de arrendamiento financiero sin opción a compra. Dentro de la cuota mensual pactada con la entidad bancaria están incluidos todos los gatos de mantenimiento de dicho bien.

– La cuota es fiscalmente deducible y el IVA cuenta como soportado.

– La empresa que financia la operación se encarga de todos los gastos adicionales como pueden ser los de mantenimiento, averías, seguros, etc

LEASING

– Operación de arrendamiento financiero con opción a compra al finalizar la operación de alquiler, de duración mínima de 2 años. Dentro de la cuota no están incluidos los gastos de mantenimiento.

– Posibilidad de optar a la amortización acelerada del bien, compensando los beneficios declarados durante los ejercicios.

– Permite una opción de compra al final del contrato, pudiendo incorporar el bien al activo de la empresa.

¿Qué es mejor para mi negocio?

En conclusión, dependiendo del tipo de operación y de las ventajas fiscales y operativas que se quieran conseguir, habrá que elegir entre leasing o renting. ¿Cuál le conviene más a mi negocio? Depende, aunque las conclusiones se pueden resumir en los siguientes puntos:

– Si en algún momento se quiere incorporar el bien al activo de la empresa, habrá que elegir el leasing porque el renting no contempla la opción de compra.

– Si se quiere optar a servicios adicionales en el contrato de arrendamiento, la opción será el renting porque, además del disfrute del bien, permite disponer de servicios como mantenimiento, seguros, sustitución en caso de avería (según contrato) entre otros.

– Si se quiere disponer de un balance más limpio, es opción es el renting frente al leasing porque el activo no entra en el balance de la empresa. – El renting es interesante cuando se quieren hacer fijos gastos variables, por ejemplo, en el caso de una flota de vehículos o conjunto de máquinas, ya que se encarga la financiera de los gastos de mantenimiento, averías, etc.

– Si la operación es a corto plazo, no podrá plantearse un leasing financiero porque el mínimo legal es de dos años.

Fuente. BBVA

El Equipo de Asesores de Impuestos