Con la publicación de la Ley 26/2014, conocida como la Reforma Fiscal, el próximo año 2016 se van a producir una serie de modificaciones muy sustanciales en el régimen de estimación objetiva.

Se reduce los límites de las cifras de negocio del ejercicio anterior de 450.000€ a 150.000€, añadiendo una nueva condición: que la facturación a empresarios y profesionales no supere los 75.000€.

El límite del volumen de compras de bienes y servicios se reduce de 300.000€ a 150.000€.

Se excluyen directamente del método de estimación objetiva las actividades de fabricación, fabricación de pan, churrería, confección, imprentas y a las actividades relacionadas con la construcción.

El Equipo de Asesores de Impuestos

 

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