Con la publicación de la Ley 26/2014, conocida como la Reforma Fiscal, el próximo año 2016 se van a producir una serie de modificaciones muy sustanciales en el régimen de estimación objetiva.
Se reduce los límites de las cifras de negocio del ejercicio anterior de 450.000€ a 150.000€, añadiendo una nueva condición: que la facturación a empresarios y profesionales no supere los 75.000€.
El límite del volumen de compras de bienes y servicios se reduce de 300.000€ a 150.000€.
Se excluyen directamente del método de estimación objetiva las actividades de fabricación, fabricación de pan, churrería, confección, imprentas y a las actividades relacionadas con la construcción.
El Equipo de Asesores de Impuestos